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Puedo seguir aplicando en 2015 el tipo del 15 por ciento en el Impuesto de Sociedades

Mediante la Disposición Adicional 19ª del Texto Refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades (RDL 4/2004) se introdujo el tipo reducido del 15% para empresas de nueva creación. Este tipo aplicable a los primeros 300.000 € de base imponible se podía aplicar siempre que previamente no se hubiera realizado la actividad por persona o entidad vinculada a la nueva empresa.

Con la derogación del RDL 4/2004, a partir del 01/01/2015, en la nueva Ley, Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, se incorpora este tipo en su art. 29 por lo que se podrá aplicar el 15% en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente. Si bien desaparecen los dos tramos de base imponible de forma análoga a la modificación que experimenta el tipo impositivo aplicable por empresas de reducida dimensión.

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Publicado en: Fiscal